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Qué hacer y cómo reportarlo.

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¿Está enfermo hoy o tuvo un accidente? Avise a su jefe antes de empezar la jornada, vaya a urgencias y envíe el soporte de ingreso en 3 horas.
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Si el médico le da incapacidad

La incapacidad no se pide: es una orden médica. Usted solo avisa y entrega el certificado. La empresa hace la transcripción ante la EPS, le paga en la nómina y cobra a la entidad.

Enfermedad general

  1. Avise a su jefe inmediato el mismo día, por llamada o mensaje. Si no puede, que lo haga un familiar.
  2. Envíe el certificado de incapacidad (foto o PDF) a Talento Humano en máximo 2 días hábiles, con el formulario.
  3. Si la EPS pide la epicrisis o resumen de atención, entréguela en 3 días hábiles. No le pedimos su historia clínica completa.
  4. Si le dan prórroga, envíela igual que la primera.
  5. Si la incapacidad fue de 30 días o más, antes de volver la empresa le programará un examen médico ocupacional. Es gratuito y obligatorio.

Accidente de trabajo o enfermedad laboral

  1. Busque atención de inmediato. Si es grave, llame a la línea de emergencias o pida a un compañero que lo traslade a la IPS de la ARL.
  2. Avise a su jefe y al responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo de inmediato, aunque parezca leve.
  3. La empresa reporta el accidente a la ARL en máximo 2 días hábiles. Cuente con detalle y de forma veraz qué pasó.
  4. La ARL paga el 100 % desde el día siguiente al accidente. El día del accidente lo paga la empresa.
  5. Participe en la investigación del accidente. Sirve para que no le pase a nadie más.
Quién paga la incapacidad
OrigenDíasQuién pagaCuánto recibe
Enfermedad general1 y 2La empresa66,67 % del salario, nunca menos del mínimo diario
Enfermedad general3 a 90EPS (la empresa le paga y luego cobra)66,67 %, nunca menos del mínimo
Enfermedad general91 a 180EPS50 %, nunca menos del mínimo
Enfermedad general181 a 540Fondo de pensiones50 %, nunca menos del mínimo
Accidente o enfermedad laboralDesde el día siguienteARL100 %

Mientras está incapacitado debe cumplir el tratamiento y las recomendaciones de su médico, también en casa. Nadie de la empresa le asignará tareas, pero sí podrán contactarlo para asuntos administrativos, como pedirle un soporte o saber cómo sigue.

Sus derechos

  • Los permisos de ley no se pueden negar. Si cumple los requisitos y entrega el soporte, su jefe debe darle el permiso. Solo puede verificar el documento.
  • Su salud es confidencial. No le pediremos diagnóstico ni historia clínica. A la empresa solo llegan el certificado de incapacidad, las constancias y las recomendaciones laborales del médico ocupacional.
  • Sin represalias. Usar un permiso legal o estar incapacitado no afecta su evaluación, sus turnos ni su estabilidad.
  • Los exámenes ocupacionales son gratis. Los paga la empresa, se hacen en la jornada y nadie puede exigirle prueba de embarazo o de VIH.
  • Si cuida a alguien (hijos menores, personas mayores o con discapacidad), puede pedir jornada flexible o trabajo remoto. La empresa le responde por escrito en máximo 15 días hábiles.
  • Si siente acoso laboral, puede acudir al Comité de Convivencia Laboral. Su queja es confidencial.

Y sus compromisos

  • Avisar a tiempo y entregar los soportes en los plazos de esta página.
  • Informar con verdad su condición de salud cuando sea relevante para su trabajo y en los exámenes ocupacionales.
  • Cumplir el tratamiento, las recomendaciones y las restricciones médicas dentro y fuera del trabajo.
  • Asistir a los exámenes ocupacionales que le programe la empresa.
  • Presentar solo documentos auténticos. Un soporte falso o alterado es falta grave y puede ser delito.

Preguntas frecuentes

¿Me pagan las citas de medicina general?

La remuneración de medicina general, laboratorio, imágenes y odontología requiere verificar el caso y las reglas aplicables. El cupo interno configurado no constituye un límite legal general. Las urgencias y citas de especialistas se atienden conforme a la ley.

¿Cuánto tiempo me dan para una cita?

El tiempo realmente necesario, incluyendo desplazamientos razonables cuando procedan; no existe un tope legal general de horas para toda atención.

¿Qué documento sirve como constancia?

Un documento de la entidad con su nombre, la fecha y la hora de atención: constancia de asistencia, comprobante de toma de muestras, turno o triage. No tiene que decir el diagnóstico.

Me enfermé en la madrugada. ¿Cómo aviso?

Llame o escriba a su jefe antes de la hora de entrada. Luego vaya a urgencias y envíe la foto del triage o del turno dentro de las 3 horas siguientes a su aviso. Después envíe la incapacidad o la constancia de atención con el formulario.

¿Puedo pedir el permiso para la reunión del colegio de mi hijo?

Sí, si el colegio exige su asistencia como acudiente. Es pagado y no tiene que reponer el tiempo. Adjunte la citación del colegio y, después, la constancia de asistencia.

¿Qué pasa si no entrego el soporte?

Talento Humano le pedirá el documento por escrito. Si no lo entrega, el tiempo puede registrarse como no remunerado.

Estoy incapacitado. ¿Me pueden llamar de la empresa?

Sí, para asuntos administrativos: pedirle un soporte, programar un examen o saber cómo sigue. No le asignarán trabajo.

¿Quién ve mi solicitud y mi soporte?

Solo Talento Humano y, cuando haga falta, su jefe inmediato. El soporte se guarda en un archivo privado y se usa únicamente para gestionar el permiso.

Resumen

Permiso¿Se paga?TiempoAvise conDocumentos
Urgencia médicaSíEl necesarioAntes de la jornadaTriage, turno o constancia de ingreso; Constancia de atención o incapacidad
Cita con especialistaSíTiempo necesario para atención y desplazamiento razonableApenas tenga la fechaCita u orden médica (antes); Constancia de asistencia (después)
Medicina general, laboratorio, imágenes u odontologíaDepende del caso y de la política aplicableTiempo necesario según la atención3 días hábilesCita u orden médica; Constancia de asistencia
Terapias en serieSíPor sesiónAl iniciarOrden con número de sesiones y cronograma; Constancia de cada sesión
Control prenatalSí, sin topeTiempo necesario según la atenciónApenas tenga la fechaCita; Constancia de asistencia
Reunión obligatoria del colegioSí, sin reponerEl que exija la reuniónApenas reciba la citaciónCitación del colegio; Constancia de asistencia
Cita médica de mi hijoSíTiempo necesario según la atención3 días hábiles; urgencias el mismo díaCita; Constancia de asistencia
Calamidad domésticaSíSegún gravedad y necesidad, sin cifra universalEl mismo díaEpicrisis del familiar, denuncia, informe de bomberos, fotos u otra prueba
LutoSí5 días hábilesEl mismo díaRegistro civil de defunción; Prueba del parentesco
Licencia de maternidadSí (EPS)18 semanas; 1 o 2 antes del partoCon la fecha probable de partoCertificado médico con fecha probable de parto; Registro civil del bebé
Licencia de paternidadSí (EPS)2 semanas calendarioAl nacer el bebéRegistro civil de nacimiento
Citación judicial o administrativaSíEl necesarioApenas reciba la citaciónCitación; Constancia de asistencia
Descanso por votarSíMedia jornadaAcordar fecha con su jefeCertificado electoral
Descanso por ser juradoSí1 jornadaAcordar fecha con su jefeConstancia o certificado de jurado
Permiso personal por horasReponer o descontarSegún acuerdo y política interna, no tope legal general3 días hábilesNo requiere
Licencia no remuneradaNoSegún acuerdoSegún acuerdo internoNo requiere